Durante el tiempo de Emergencia Hídrica se prohíbe la carga y descarga de piscinas y piletas; lavado de automóviles en domicilios particulares; la limpieza de veredas y frentes de casas con agua provista con mangueras; el riego de calles y jardines. Se exceptúan de esta norma el uso de agua para mantenimiento de huertas familiares, higiene personal y alimentos.
La Ordenanza también prevé sanciones económicas ante incumplimientos desde 50 y hasta 500 unidades fijas.
Días atrás, desde CEEL Aguas anticiparon que se podría llegar al punto de emergencia hídrica, lo que generaría sectorizaciones del suministro, debido a la falta de lluvias, la bajante del cauce del arroyo Piray Miní y el alto consumo.